miércoles, 6 de febrero de 2013

Caso Marta del Castillo: Cuestiones reseñables de la sentencia dictada en casación por la Sala de los Penal del Tribunal Supremo


En la página digital del Poder Judicial-Tribunal Supremo se recoge esta nota informativa:

CASO «MARTA DEL CASTILLO CASANUEVA»
Recurso de Casación núm. 10145/2012

Cuestiones reseñables de la sentencia dictada en casación por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo

1) TUTELA JUDICIAL EFECTIVA: INFERENCIA IRRACIONAL. Estimación parcial de los recursos del Ministerio Fiscal y de la acusación particular en este punto.
A. La infracción de la tutela judicial efectiva, apreciada en casación, se contrae a una valoración arbitraria e ilógica por la Sala de instancia de los elementos probatorios atinentes a la fijación de la hora de la salida del cadáver de la menor, Marta del Castillo, del domicilio donde se cometió el asesinato. El intervalo temporal al que la sentencia de instancia ciñe la salida del cuerpo resulta ilógico, al tenor del conjunto del material probatorio practicado, de las demás conclusiones obtenidas por la Sala de instancia y asimismo descritas en la sentencia, así como de los restantes datos obrantes en autos. Por tal motivo, partiéndose del diferente abanico temporal señalado en sede casacional, acorde con el conjunto de pruebas practicadas, se declara la nulidad de la sentencia en este punto y su reenvío al mismo Tribunal que la dictó al efecto de que, en este único punto, dicte un nuevo pronunciamiento.
B. La subsanación de la infracción apreciada no precisa, pues, de la anulación completa de la sentencia de instancia, como tampoco de la celebración de un nuevo juicio ante un Tribunal de distinta composición, tal y como habían solicitado las acusaciones. Debe, en cambio, ser el mismo Tribunal que enjuició los hechos el que valore de nuevo los elementos de prueba a la luz de los razonamientos contenidos en la sentencia de casación (especialmente, FJ. 11º.4 y FJ. 12º), al objeto de reexaminar la posible participación como encubridor del acusado Samuel Benítez Pérez, con libertad de criterio y respeto por las reglas de la lógica.
C. Por lo que hace a la absolución de los otros dos acusados de encubrimiento (Francisco Javier Delgado Moreno y María García Mendaro), tal declaración debe quedar firme.
a. En el caso del primero, operaría en cualquier caso la excusa absolutoria del art. 454 CP, cuestión jurídica que impediría su reconsideración, incluso modificando la hora de salida del cadáver.
b. En el caso de María García Mendaro, aun en el supuesto de admitir su presencia en el domicilio como consecuencia de la modificación horaria, quedaría inalterada la insuficiencia de la prueba de cargo relativa a su participación en los hechos determinantes de encubrimiento.

2) INFRACCIÓN DE LEY: INTEGRIDAD MORAL. Estimación del recurso del M. Fiscal, por aplicación del art. 173.1, inciso 1º, CP.
A. El ejercicio de las garantías procesales, comprensivo de los derechos a no declarar contra uno mismo y a no confesarse culpable, en ningún modo confiere al encausado un derecho absoluto, del que pueda hacer un uso omnímodo en términos de defensa cuando ello lesiona gravemente otros bienes jurídicos igualmente dignos de protección.
B. La instrumentalización del proceso por parte del acusado Miguel Carcaño, haciendo un uso abusivo y desmesurado de los mentados derechos, excede del legítimo ejercicio del derecho de defensa para constituir «per se» un delito contra la integridad moral, al haber provocado deliberadamente en los familiares de la víctima un grave daño a su integridad moral que rebasa el ámbito reconocido a sus garantías en el proceso, tal y como se desprende de los hechos probados.
C. Procede imponer al acusado Miguel Carcaño por este ilícito la pena de un año y tres meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Se fija la pena en el límite máximo de su mitad inferior teniendo en cuenta la gravedad de los hechos relacionados en el FJ. 14 de la sentencia de casación.

3) INFRACCIÓN DE LEY: COSTAS. Estimación del recurso del M. Fiscal, con aplicación de los arts. 124 CP y 241.4º LECrim. Corresponde al condenado Miguel Carcaño Delgado satisfacer, en concepto de costas derivadas de la instrucción de la causa, los gastos generados como consecuencia de la búsqueda del cadáver de Marta del Castillo en diferentes ubicaciones, con los límites señalados en la sentencia de casación.
La sentencia cuenta con dos votos particulares. Uno de ellos, referido a la infracción de la tutela judicial efectiva correspondiente a las acusaciones, discrepando el Magistrado firmante únicamente de la decisión de la mayoría en cuanto a la estimación de este motivo. El segundo voto discrepa tanto de la estimación del citado motivo referido a la tutela judicial efectiva, como de la estimación del motivo por infracción de ley del que se sigue la incardinación de los hechos probados en el delito contra la integridad moral.
 Madrid, 6 de febrero de 2013.

No hay comentarios: