martes, 23 de mayo de 2017

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla aprueba de forma provisional la modificación de la ordenanza contra la prostitución para clarificar el marco sancionador, agilizar el trámite de las multas, reforzar la actuación policial y combatir la publicidad sexista realizada bajo cualquier medio

* Las modificaciones se aprueban provisionalmente por mayoría y se someten ahora al trámite de las alegaciones
* La norma endurece las sanciones en algunos supuestos de consumo de prostitución y aclara a la Policía cuándo puede actuar y cómo
* “Se mejora la ejecución de la ordenanza, se tipifican los casos y se esclarecen para facilitar la actuación de la Policía al sancionar a los clientes en la vía pública”, comenta la delegada Myriam Díaz

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, reunido en sesión ordinaria, ha aprobado hoy de manera provisional y por mayoría (el sí de PSOE, PP y Ciudadanos, la abstención de IU y el no de Participa) una serie de modificaciones en la Ordenanza para Luchar contra la Prostitución y la Trata con Fines de Explotación Sexual con los objetivos de clarificar el actual marco sancionador, facilitar la tramitación administrativa de las sanciones impuestas a los clientes y reforzar las actuaciones policiales, además de establecer medidas contra la publicidad sexista a través de cualquier soporte de comunicación.
La delegada de Igualdad, Juventud y Relaciones con la Comunidad Universitaria del Ayuntamiento, Myriam Díaz, ha considerado ante el Pleno que estas modificaciones –que ahora se someten al trámite de alegaciones antes de su aprobación definitiva– pretenden “no sustituir y sí mejorar y actualizar” una ordenanza aprobada en 2011 y pionera en España al combatir la prostitución desde el ámbito local. “De hecho, la intención es mejorar su ejecución, tipificar los casos y esclarecerlos para facilitar así la actuación de la Policía Local al sancionar a los clientes de prostitución en las vías públicas y, como novedad, luchar contra la publicidad sexista en cualquier soporte, pues induce al consumo de prostitución y genera una imagen de la mujer que puede llevar en último extremo a la violencia de género”, ha expuesto.
El primer cambio atañe al marco sancionador, modificando para ello el artículo 17 y clasificando las infracciones para mejorar la tramitación administrativa.
El segundo cambio se refiere a facilitar la actuación policial en casos de prostitución y explotación sexual en la calle. Para ello, se aclara cuándo ha mediado un pago –es “cuando se haya observado el intercambio de dinero y/o especie, cuando así se reconozca por quien ha ofrecido el pago o retribución o cuando se observen otras circunstancias que, a juicio del agente de la autoridad, prueben que ha mediado dicha transacción”–, se recoge una regulación específica para que los agentes de la autoridad puedan requerir verbalmente a las personas que no respeten las normas “que desistan en su actitud o comportamiento”, advirtiéndoles de que, en caso de mostrar resistencia, pueden incurrir en responsabilidad penal por desobediencia, a la vez que estos agentes “requerirán a la persona presuntamente responsable para que se identifique”. En ese ámbito también, se regula cuándo hay obstrucción a la labor de la Policía: la negativa o la resistencia a las tareas de inspección o de control por el personal municipal autorizado para ello, la negativa a suministrar datos o a facilitar la información que se ha requerido; suministrar al personal funcionario actuante información falsa, inexacta, incompleta o que induzca al error, e incumplir órdenes o requerimientos específicos. Y en el ámbito policial, además, se regula un nuevo elemento probatorio: “En procedimientos sancionadores que se instruyan en aplicación de esta ordenanza, los hechos constatados por agentes de la autoridad tienen un valor probatorio, de acuerdo con la normativa aplicable al efecto, sin perjuicio de otras pruebas que puedan aportar quienes sean interesados”.
En tercer lugar, por vez primera se introduce la lucha efectiva contra la publicidad que favorezca la explotación sexual. Así, se incorpora como prohibido la publicidad que favorezca la explotación sexual en cualquier medio audiovisual, en los folletos, panfletos o cualquier otro formato en papel y en los ya existentes como publicidad móvil, vehículos remolques, o cualquier bien de uso público, edificios municipales, fachadas, cartelería, etcétera. “Transmiten una imagen intolerable de la mujer”, ha abundado la delegada.
Por último, se facilita y favorece la tramitación administrativa revisando los plazos de acuerdo a la normativa para reducir las prescripciones de sanciones, se impulsa la coordinación entre las delegaciones de Hacienda y Administración Pública y de Igualdad, Juventud y Relaciones y la Policía Local, y se facilita la tramitación de las notificaciones a través de la Agencia Tributaria de Sevilla.
“Hay que dejar muy claro que la víctima es la mujer y hay que protegerla contra su explotación sexual”, ha apuntado Myriam Díaz, quien ha recordado que los cambios que se pretenden introducir en la ordenanza nacen también de una evaluación del I Plan de Acción integral para Promover la Erradicación de la Trata, la Prostitución y otras formas de Explotación Sexual previa a la elaboración del segundo, que tendrá vigencia hasta 2020. La delegada, además, ha señalado que los cambios planteados para la ordenanza ya han sido tratados en el Consejo de la Mujer del Ayuntamiento y con las diversas entidades sociales que trabajan con las mujeres que son víctimas de la prostitución, y con las que se trabaja para su reinserción sociolaboral.

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